Antes de contratar un abogado en Sevilla surgen casi siempre las mismas dudas: si hace falta, cuánto cuesta, qué papel tiene el procurador y qué plazos corren. Estas son las respuestas breves. Para el detalle de cada materia, consulte las páginas de especialidad, como la de abogado laboralista en Sevilla o la de abogado de herencias en Sevilla.
¿Cuándo hace falta un abogado?
Depende del asunto. En los juicios civiles el abogado es obligatorio, salvo en los verbales de hasta 2.000 euros y en la petición inicial del monitorio. En lo laboral es voluntario en primera instancia. En el proceso penal la persona investigada debe tener abogado, salvo, por regla general, en los juicios por delitos leves.
¿Cuánto cuesta un abogado en Sevilla?
Los honorarios se pactan libremente entre cliente y abogado, según la complejidad del asunto, el tiempo que exija y si llega a juicio. Pueden sumarse procurador, peritos u otros gastos. Lo recomendable es pedir un presupuesto por escrito antes de empezar y compararlo con calma.
¿Además del abogado hace falta procurador?
En la mayoría de los procedimientos civiles, sí: la ley exige comparecer por medio de procurador, que representa al cliente ante el juzgado. Hay excepciones, como los juicios verbales de hasta 2.000 euros o la petición inicial del monitorio. En los juicios laborales no es obligatorio.
¿Quién tiene derecho a la justicia gratuita?
Quien no supera ciertos ingresos: dos veces el IPREM sin unidad familiar, dos veces y media con unidad familiar de menos de cuatro miembros y el triple con cuatro o más. Además no debe tener patrimonio suficiente. En Sevilla se pide en el Colegio de Abogados o en el juzgado del domicilio.
¿Qué plazos hay que vigilar?
Algunos son muy breves: veinte días hábiles para impugnar un despido, tres meses para impugnar un acuerdo de la comunidad, seis meses para el impuesto de sucesiones o un año para reclamar a la aseguradora de un accidente. Pasado el plazo muchas veces ya no hay remedio, por eso conviene consultar pronto.
¿Cómo es la primera consulta?
El abogado escucha lo ocurrido, revisa los documentos y los plazos y le explica las opciones con sus riesgos. Conviene llevar todo por escrito y ordenado por fechas. Pregunte al pedir cita si la primera consulta tiene coste, porque cada despacho lo decide.
¿Se puede hacer la consulta por videollamada?
Sí, muchos despachos atienden por videollamada y reciben la documentación por medios electrónicos. Es útil si vive lejos o no puede desplazarse. Para firmar el encargo y algunos trámites, como el apoderamiento al procurador, existen también vías electrónicas.
¿Se puede cambiar de abogado a mitad de un asunto?
Sí. La ley reconoce el derecho a elegir abogado libremente y a prescindir de sus servicios. El nuevo abogado debe poder acceder a la información del asunto. Lo habitual es pagar al anterior el trabajo ya realizado según lo pactado en la hoja de encargo.
¿Qué es la hoja de encargo?
Es el documento en el que cliente y abogado dejan por escrito qué se encarga, los trámites previstos y el presupuesto de honorarios y gastos. La Ley Orgánica del Derecho de Defensa reconoce el derecho a pedirla. Evita malentendidos sobre lo que cubre el precio y lo que no.
¿Es confidencial lo que se cuenta al abogado?
Sí. El abogado está obligado por el secreto profesional respecto de todo lo que conozca por su actuación, y no puede ser obligado a declarar sobre ello. Esa confianza permite contar el asunto completo, incluidos los detalles que perjudican, que son los que más importa conocer.
Más información
Los criterios de honorarios se explican en cuánto cuesta un abogado en Sevilla, y los requisitos de la gratuidad en asistencia jurídica gratuita en Sevilla. Si su duda no aparece, puede solicitar información.
